Transformar el Poder Judicial. Imperativo del Estado Mexicano | Transiciones

Transformar el Poder Judicial. Imperativo del Estado Mexicano

Columna editorial | Transiciones

Por Rodrigo Martínez Sandoval

 

La elección popular de los juzgadores en todos sus órdenes es un imperativo inaplazable en México. La desconfianza de la población en las instituciones procuradoras e impartidoras de justicia, por una parte, y el extremadamente elevado índice de impunidad (superior a 90%) que ha existido en el país durante décadas, por la otra, hacen impostergable la  transformación tanto del Poder Judicial como del Ministerio Publico en estos tiempos de cambio de régimen político.

 

Atendiendo esa carencia cualitativa, se iniciaron importantes cambios al Poder Judicial el 15 de septiembre de 2024 con la aprobación del Congreso de la reforma judicial, realizando modificaciones constitucionales para hacer más eficiente, eficaz y profesional la gestión de los tribunales y, a la vez, sensible a los reclamos de la población por una justicia más ágil. De las modificaciones constitucionales destacan las siguientes: 1) establece la elección por voto popular de jueces de Distrito, magistradas/magistrados de Circuito, del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, del Tribunal de Disciplina Judicial y de ministras/ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); 2) reduce de 11 a nueve ministras y ministros en la SCJN, con duración de 12 años en vez de 15; 3) precisa un plazo máximo de seis meses para que se dicte sentencia; 4) establece el procedimiento para la elección de todos estos cargos; 5) señala los requisitos para ser elegible e indica los mecanismos para la designación cuando fallezca, renuncie o por ausencia definitiva; 6) faculta al Tribunal de Disciplina Judicial para sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial Federal que incurran en conductas contrarias a la ley o al interés público; 7) crea el Órgano de Administración Judicial con independencia técnica y de gestión, y lo responsabiliza de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial; 8) instituye la paridad total en los poderes públicos y mandata instituir el lenguaje inclusivo (Reforma al Poder Judicial, DOF 15/09/2024).

 

Como se puede apreciar, la reforma judicial va más allá de la elección popular de jueces. Es una transformación de su estructura al desaparecer el Consejo de la Judicatura Federal, presidido por la persona titular de la Presidencia de la SCJN, y sustituirlo por un Tribunal de Disciplina Judicial y un Órgano de Administración Judicial, los cuales no estarán bajo el mando de la Corte; al reducir el número, el tiempo del cargo y el sueldo de sus integrantes; al mandatar un máximo de seis meses para dictar las sentencias, acabando con la discrecionalidad que ha mantenido a miles de personas por lustros y décadas en prisión sin recibir sentencia; al garantizar la carrera judicial mediante un Órgano de Administración Judicial autónomo.

 

La elección popular, por su parte, fortalece la legitimidad del Poder Judicial al vincularlo directamente con la voluntad ciudadana. Al posibilitar que la población elija a sus jueces, se reduce el distanciamiento que actualmente existe entre la justicia y la ciudadanía, y se fomenta una mayor confianza en las instituciones de administración de justicia. En nuestro actual sistema judicial los jueces suelen ser designados por élites políticas, lo que lleva a que la población cuestione que su gestión no atiende los intereses de la sociedad. Los procesos de designación de ministras/ministros por parte del Senado o del Presidente han favorecido intereses partidistas. La elección popular podría reducir esta influencia elitista al romper con los mecanismos tradicionales de negociación política. El procedimiento y requerimientos para participar pasan por varios filtros establecidos en la Constitución, asegurando que los candidatos tengan la preparación profesional para los cargos a ejercer.

 

Adicionalmente, la elección directa favorecerá la transparencia en el Poder Judicial, al obligar a los candidatos a exponer sus posturas y antecedentes públicos. Esto posibilita un escrutinio más riguroso por parte de la ciudadanía y los medios de comunicación, lo que podría hacer que los jueces electos se desempeñen con mayor responsabilidad.

Lic. Rodrigo Martínez Sandoval.

Secretario General de Planeación y Desarrollo Institucional de El Colegio de la Frontera Norte, A.C
([email protected])

 

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