Tijuana, B.C., a 27 de enero de 2026. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que ningún contribuyente está obligado a presentar la Constancia de Situación Fiscal (CSF) para la emisión de facturas electrónicas, y advirtió que exigirla puede derivar en sanciones económicas.
Marisol Blanco Orozco, titular de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Baja California, señaló que condicionar la expedición de un CFDI a la entrega de este documento es considerado una infracción fiscal.
De acuerdo con el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, dicha conducta puede ser sancionada con multas que oscilan entre los 21 mil 420 y los 122 mil 440 pesos.
Explicó que para la emisión de facturas únicamente se requieren datos básicos como RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal, los cuales pueden consultarse mediante la Cédula de datos fiscales disponible en el portal del SAT.
La funcionaria aclaró que los empleadores tampoco deben solicitar la CSF para el timbrado de nómina, ya que los datos pueden gestionarse a través de un trámite de aclaración ante el SAT.
Añadió que la constancia no tiene vigencia y solo se actualiza cuando el contribuyente modifica su información en el RFC, por lo que no es necesario obtenerla de forma periódica.


